El equipo parece haberse debilitado
mirando la cuestión numérica de la zaga:dos defensas se han
ido(Pardo y Aitor, si bien este último ya ni aparecía por las
convocatorias) para que lleguen un mediocentro y un extremo.Por
último, el interior Juanma deja la entidad tras dejar de aparecer
entre los dieciséis elegidos.Se afronta lo que queda de temporada
con una defensa “puzzle” donde lo normal será la pareja Atienza-
Alex Muñoz y luego jugar con variantes si alguno de los dos está
ausente(Fran es la tercera “pata” de la defensa, entendiendo el
proceso de incorporar a un mediocentro como Indiano y retrasar al
cordobés como opción en defensa, si bien ya sufrió el pasado
domingo con esa posición). La defensa flojea y la delantera se queda
como estaba. A lo sumo, la incorporación de Quero pero que puede
devenir insuficiente con dos delanteros que han demostrado sobre el
césped su condición de incompatibles, si bien los dos delanteros
del 4-4-2 de los años 80 solían ser un “9” puro y un extremo
casi pegado.
Lejos quedan ideas extrañas como el
deseo de un grupúsculo de aficionados que querían la contratación
de Delibasic y Pamarot(oye, qué cosas...cuando se le ponía a caldo
en su primera temporada al francés)a pesar de la inactividad de
ambos. Aparte de eso, ahora queda la segunda parte de la temporada.
Ya se vaticinaba difícil pero ahora lo es más por la absurda
obligación impuesta de quedar primeros(recordando a los dos primeros
años en 2ªB hace 25 años). Quien escribe ésto se da por contento
si se entra entre los cuatro primeros y, si es posible, llegar de
menos a más al momento de la verdad. Ser primero sería una
bendición, nunca una obligación que frustrase al equipo en caso de
no lograrlo.
Apunte. Últimamente se está
diferenciando entre el concurso culpable del C.B. Lucentum y el
fortuito del Hércules Club de Fútbol, sin llegar a entender la
diferencia. Ésta no entiende de importes cuantitativos, es culpable
si cumple, según el artículo 164 y 165 de la Ley Concursal 22/2003,
algunos de los
supuestos(http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.t6.html#a164).
Llama la atención que ni el ministerio fiscal ni la administración
lo considerara como culpable.